NUESTRA HISTORIA
En la resolución 2654 del 3 de octubre del 2019, ARTÍCULO 17: "TELEXPERTICIA, es la relación a distancia con método de comunicación sincrónico o asincrónico para la provisión de servicios de salud en cualquiera de sus componentes, utilizando tecnologías de información y comunicación".
Dados los acontecimientos mundiales por la pandemia del COVID19 en el año 2020 la prestación de los servicios de medicina y en especial la asistencia de un especialista se vieron afectadas de manera negativa.
Pero con la herramnienta de la telemedcina no se perdio calidad ni oportunidad de la atención y se logró mantener una atención eficiente.
LA TELEMEDICINA LLEGO APRESURADA PARA QUEDARSE
Entonces, porque no seguir mejorando la presencia de los médicos tanto
generales como especialistas en las diferentes ramas de la medicina clínica, en
aquellas regiones apartadas que por disponibilidad o presupuesto no cuentan con
especialidades clínicas para la atención de la población local; hemos
considerado que la herramienta de la telemedicina en la modalidad de
TELEXPERTICIA debe mantenerse pues demostró ser muy útil en los momentos difíciles
de pandemia.
De acuerdo a la estadística y la epidemiología de la enfermedad por COVID19, las medidas de restricción si bien ya se levantaron, esto no evitaría seguir llevando el servicio médico a cualquier parte de Colombia y el mundo sin riesgo y sin complicaciones y estamos seguros que el nuevo orden mundial sea completamente diferente al que conocimos antes de pandemia.